“En el siglo XVIII y principios del XIX no existía un sistema sanitario universal: los más vulnerables dependían de la beneficencia hospitalaria, donde la atención médica era un recurso limitado; mientras que quienes tenían recursos recibían atención médica privada y domiciliaria, considerada de mayor calidad”.

El Sistema Nacional de Salud (SNS) se presenta como el gran avance hacia un sistema sanitario universal, público y basado en derechos. El salto definitivo se produce a través de la Ley General de Sanidad, pero, cuatro décadas después, una pregunta se abre paso: acceso sí pero, con qué garantías.

La Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud como un principio de carácter universal cuya tutela corresponde al Estado. Sin embargo, ese reconocimiento presenta una carencia clave: la indeterminación. No existe una normativa estatal única que regule de forma completa y vinculante los parámetros técnicos de calidad en los que debe prestarse la cobertura del derecho a la protección de la salud, en los términos proclamados por la Ley General de Sanidad (LGS) y la Ley de Cohesión y Calidad del SNS (Ley 16/2003). Se han regulado aspectos parciales de la calidad, fundamentalmente funcionales, organizativos y de seguridad, pero no estándares clínicos‑científicos integrales.

Nuestro marco normativo garantiza el acceso al sistema, pero no define de manera concreta las condiciones técnicas y profesionales que deben cumplirse para que la atención sea clínicamente adecuada.

El resultado es un sistema donde la degradación progresiva -infradotación, sobrecarga estructural, precariedad profesional- no entra en colisión directa con la ley, siempre que el acceso se mantenga. En términos jurídicos, el derecho existe; en términos asistenciales, no está delimitado.

Cuando la calidad depende del sobreesfuerzo

Este vacío normativo explica por qué la calidad asistencial del SNS descansa, casi por completo, en la ética profesional, la “lex artis” y el compromiso individual de los médicos. Son ellos quienes, a diario, sostienen el sistema mediante decisiones complejas tomadas en contextos de presión, incertidumbre y agotamiento.

Pero este modelo tiene un límite evidente. Cuando la saturación y la precariedad erosionan ese compromiso, no existe un respaldo normativo técnico que actúe como red de seguridad. La calidad deja de estar garantizada y se transforma en algo contingente, desigual y frágil.

En este contexto, marcado por dinámicas que favorecen la desresponsabilización institucional, el derecho

a la protección de la salud corre el peligro de convertirse en una mera declaración “de intenciones”, desprovista de eficacia y calidad real.

Calidad no es un eslogan: es ciencia, organización y gobernanza

Proteger de verdad el derecho a la salud exige ir más allá del acceso. Requiere definir y blindar parámetros explícitos de calidad, sustentados en evidencia científica y liderados por quienes conocen el proceso asistencial: los médicos.

La calidad no es un concepto abstracto. Se traduce en sostenibilidad, seguridad, eficiencia, eficacia, efectividad y resultados medibles en salud. Y solo puede definirse con criterios técnicos estables, ajenos a vaivenes políticos y ciclos electorales.

Por ello, mantener un sistema sanitario de calidad implica necesariamente la participación estructural de los médicos en la cogobernanza del SNS.

Cuando no se ordena adecuadamente el ejercicio profesional, se debilita el liderazgo clínico, se dificulta la implicación de los médicos en la toma de decisiones organizativas y se rompe la necesaria alineación entre gestión y práctica asistencial. El resultado es un sistema que funciona por inercia, orientado a la mera prestación del servicio, en lugar de la excelencia, la mejora continua y los resultados en salud. Este proceso conduce de forma gradual a la mediocridad estructural y funcional. Sin liderazgo clínico no hay garantía de calidad.

El Estatuto del Médico: cubrir el vacío

Aquí emerge una pieza clave del debate: el marco regulador del ejercicio médico.

El Estatuto Marco, tras más de veinte años de vigencia, ha mostrado sus límites. Se trata de una norma rígida, obsoleta e insuficiente para una profesión que exige alta responsabilidad, actualización constante y toma de decisiones críticas.

Lejos de incentivar la excelencia, el sistema ha tendido a nivelar por abajo: escaso reconocimiento, falta de autonomía, ausencia de incentivos ligados a calidad y resultados. El efecto acumulativo no es neutro:

desgaste profesional, desafección y pérdida de liderazgo clínico.

No asistimos a un colapso súbito, sino a una degradación lenta y persistente: dificultad para atraer talento, desmotivación, abandono del sistema público y empobrecimiento progresivo del sistema.

El Estatuto médico es la fórmula de contención para garantizar la calidad del SNS a través del bienestar de los profesionales. Una normativa estatal, homogénea y exigible con parámetros de calidad explícitos, liderados por los profesionales médicos y basados en garantías técnicas y científicas:

  • Ratios profesionales/paciente.
  • Tiempos de consulta por paciente.
  • Ratios médicos en formación/profesionales.
  • Jornadas seguras para médicos y pacientes.
  • Cargas asistenciales seguras.
  • Estándares mínimos de resultados en salud.
  • Titulación exigida, reconocimiento, capacitación.
  • Criterios formativos y de actualización requeridos.
  • Incentivación profesional por resultados bajo criterios técnicos.
  • Criterios de calidad clínica obligatorios.
  • Umbrales científicos de buena práctica asistencial.
  • Medidas preventivas específicas en salud física y mental.

Retroceso o avance

La beneficencia no estaba diseñada para garantizar calidad ni equidad, sino para ofrecer una atención mínima, condicionada y limitada.

Un sistema sanitario que no ordena adecuadamente el ejercicio médico corre el riesgo de reproducir ese modelo, aunque se disfrace de universalidad.

Un sistema sanitario que no cuida a los médicos adecuadamente corre el riesgo de quedarse desierto, y limitado a ofrecer una asistencia suficiente solo en apariencia, pero insuficiente en la práctica, a través de otros profesionales o parches asistenciales sin garantías de calidad.

Un cambio de modelo, no un ajuste técnico

El Estatuto del Médico no es un privilegio corporativo, sino un cambio estructural de modelo. Su objetivo es reconocer, ordenar y proteger el papel central del médico como garante de la calidad, la seguridad y la sostenibilidad del SNS. Y en paralelo, el bienestar del paciente.

Un marco flexible y motivador con jornadas seguras para pacientes y profesionales. Un sistema donde hacer bien el trabajo cuente, donde la responsabilidad clínica, la autonomía y el liderazgo estén formalmente reconocidos.

Sin estas herramientas, la calidad del sistema queda expuesta a la deriva de los ciclos políticos y a la fragmentación creciente.

Calidad o caridad: una decisión estratégica

Abordar un estatuto propio del médico debe entenderse como una decisión estratégica de país. Reconocer adecuadamente al médico es proteger la calidad del sistema, reforzar la gobernanza clínica y garantizar la sostenibilidad del SNS.

Es hora de elegir el camino. Porque quien no conoce su historia está condenado a repetirla.

Sheila Justo Sánchez

Médico especialista en Medicina Familiar y
Comunitaria. Gestora sanitaria.