La pandemia del coronavirus no solo supuso la mayor crisis sanitaria global del último siglo, sino que evidenció los retos y dificultades estructurales que tienen los sistemas de salud pública para abordar situaciones que requieren una respuesta anticipada, rápida y coordinada.

Pues en el estado de las autonomías, donde la sanidad es una competencia propia de las comunidades autónomas, era necesario que el Estado reforzará sus capacidades para proteger a la nación, ante problemas que afectan a la salud pública de todo su territorio. Un esfuerzo que parece que se va a ver cristalizado en la creación de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP).

La necesidad de esta Agencia no es en sí novedosa, se trata de un organismo que ya fue demandado por los profesionales sanitarios en las últimas décadas, y cuya existencia quedaba incluso contemplada en la Ley General de Salud Pública del año 2011, que, tras la crisis sanitaria del coronavirus, se ha convertido en una prioridad política para el Gobierno de España.

Ya en el año 2022, la entonces ministra de Sanidad, Carolina Darias, llevó la iniciativa al Consejo de ministros, aprobando el que sería el anteproyecto de la Ley que crearía está Agencia, siendo, en palabras de Darias,“(…) una prioridad política para el Gobierno de España, tras la experiencia vivida con la pandemia y, también, una necesidad de país para abordar situaciones en nuestro sistema público de salud(…)”.

Un Anteproyecto que se materializó en la reciente Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, que sitúa a la AESAP como la piedra angular del Sistema Nacional de Salud en la preparación y respuesta frente a eventuales amenazas a la salud pública.

El artículo 2 de la referida ley define sus fines generales, orientados a reforzar la capacidad del Estado para «mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias».

Una protección que se articulará a través de varias funciones clave, que quiero destacar como son:

La vigilancia, identificación y evaluación del estado de salud de la población y sus determinantes. Albergando a tal fin el nodo central de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública, un sistema de alerta precoz que será esencial para monitorizar los riesgos y anticipar futuras crisis sanitarias.

La preparación y respuesta ante crisis y emergencias sanitarias, incluyendo la elaboración de planes estatales de respuesta, y la contribución en contramedidas sanitarias en la reserva estratégica sanitaria estatal, que junto a la coordinación entre Administraciones Públicas hará frente a futuras situaciones de crisis de salud pública.

Así como labores propias de información y comunicación pública sobre la salud de la población y los riesgos que puedan afectarla, una herramienta vital para combatir la desinformación, ofreciendo asimismo un asesoramiento técnico y científico a las administraciones públicas competentes.

Sin embargo, una de las grandes novedades de esta Ley no es solo la creación de esta Agencia en sí, tan anhelada como solicitada, sino la consolidación de una nueva filosofía de la Salud Pública, con el ideal de «Una sola salud» (One Health), un principio que la OMS y otras organizaciones internacionales promueven activamente, y al que España se adhiere con esta Ley, incorporándolo como uno de los principios generales de acción en la salud pública.

Un enfoque que reconoce la interdependencia estrechamente relacionada entre la salud humana, la salud animal y la del medio ambiente. Y que requiere, como es natural, el diálogo entre los múltiples sectores y disciplinas involucradas en estos campos. Todo ello con el objeto de promover la salud y el bienestar de la población española, y enfocada a neutralizar las posibles amenazas para la salud y los ecosistemas.

Como recoge la Ley, la AESAP realizará a tal fin un «abordaje holístico y transdisciplinar» que integre también el principio de «Salud en todas las políticas», cooperando con la sociedad civil y las administraciones públicas competentes en la salud animal, la salud vegetal, la protección ambiental y la seguridad alimentaria.

Para garantizar su eficacia, la Ley dota a la Agencia de mecanismos en el campo de la inteligencia y la información, obligando a todas las administraciones públicas, instituciones, entidades y organismos del sector público y privado a suministrar los datos necesarios para la vigilancia epidemiológica del país.

Con el marco legal ya aprobado y publicada su vigencia en el BOE, el siguiente paso es su puesta en marcha efectiva, que requerirá el establecimiento de la sede física de la AESAP.

El pasado 18 de noviembre de 2025, el Consejo de ministros aprobó en esta senda, el acuerdo para iniciar el procedimiento de selección de la sede física de esta Agencia Estatal.

Un proceso, que se tramitará por la vía de urgencia para asegurar la operatividad de la AESAP en el menor plazo posible, y para el cual el Ministerio de Política Territorial publicará próximamente los criterios de selección, basados en la transparencia, la eficiencia y la vertebración territorial, abriendo el plazo para que las comunidades autónomas presenten sus candidaturas.

En estos momentos se desconoce dónde se emplazará esta Agencia Estatal, parece que el afán descentralizador del Gobierno de España hará que no se encuentre en la Comunidad de Madrid, brindando la oportunidad a que otras regiones puedan ser las candidatas.

Una de ellas podría ser mi localidad, la ciudad de Zaragoza, para la cual el consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, José Luis Bancalero, se muestra optimista, afirmando que la capital aragonesa es la “mejor posicionada” en esta candidatura: por su posición geográfica, el ecosistema investigador y el consenso político.

La Agencia Estatal de Salud Pública no se trata de una mera reestructuración administrativa, es una respuesta directa a las vulnerabilidades expuestas por la pandemia y una apuesta en la prevención de futuras pandemias y crisis sanitarias.

La crisis del coronavirus evidenció que sin una salud pública robusta, coordinada y basada en la evidencia científica, la sociedad queda expuesta.

Proteger esta red de vigilancia y respuesta no es solo una opción, es una obligación legal y un imperativo moral para garantizar el bienestar colectivo y la estabilidad del Estado del Bienestar ante un futuro cada vez más incierto.

Bibliografía

  1. Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
  2. Ministerio de Sanidad. (2022). El Consejo de Ministros ha aprobado en su sesión de hoy el anteproyecto de Ley por el que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública. Recuperado a partir de https://www.sanidad.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=5837
  3. Ministerio de Sanidad. (2025). El Gobierno inicia el proceso para elegir la sede de la Agencia de Salud Pública. Recuperado a partir de https://www.sanidad.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=6795
  4. Aragón Digital. (2025). La carrera por la Agencia Estatal de Salud Pública arranca: Zaragoza presentará su candidatura. Recuperado a partir de https://www.aragondigital.es/articulo/sanidad/carrera-agencia-estatal-salud-publica-arranca-zaragoza-presentara-candidatura/20251118200347953238.html