Parafraseando la famosa frase del monólogo de Hamlet, obra de William Shakespeare, donde se reflexiona sobre la vida y la muerte, así hemos comenzado el 2024, mascarillas obligatorias, ¿sí o no?, he aquí la cuestión.

Apenas habíamos recién estrenado el 2024, cuando los noticiarios sacaban del “baúl de los recuerdos”, la obligatoriedad de su uso. Un total de 1580 noticias en una semana veían la luz, en plena onda epidémica estacional de gripe, COVID-19 e infección por Virus Respiratorio Sincitial (VRS).

No cabe duda de que la utilización de la mascarilla ha sido, y es, una herramienta fundamental en el control de la transmisión de enfermedades infecciosas por vía respiratoria, pero aquí la cuestión subyacente es la obligatoriedad de la misma; al igual que en el monólogo de Hamlet, el uso obligatorio de mascarillas plantea la cuestión de cómo enfrentar la adversidad y tomar decisiones que pueden afectar a la vida y a la salud propia y a la de los demás.

Antes de la publicación de la Orden comunicada de la Ministra de Sanidad, de 10 de enero de 2023, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública, algunas comunidades autónomas ya habían establecido la obligatoriedad del uso de las mismas en centros sanitarios, y otras, la recomendación de su uso, a través de Instrucción, Resolución u Orden, pero… ¿pueden las comunidades autónomas imponer el uso obligatorio de las mascarillas al margen del Ministerio de Sanidad?

Teniendo en cuenta que todas ellas son instrumentos legales utilizados en el ámbito de la Administración Pública, donde la principal diferencia radica en el alcance y el propósito de cada una de ellas (mientras que una orden implica una instrucción específica que debe ser seguida, una resolución es una decisión que resuelve una cuestión jurídica o administrativa), nada obsta a que se puedan adoptar este tipo de decisiones, cuya fundamentación jurídica puede invocar la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especial en Materia de Salud Pública, y la Ley 22/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (artículo 27.2 y 54.1). Sin embargo, habría que tener en cuenta la función de coordinación del Ministerio sobre cuestiones de alcance nacional, como sería la onda estacional de gripe, COVID-19 y VRS (de las semanas 50, 51 y 52 de 2023), que se pueden adoptar unilateralmente en casos de urgente necesidad o previo acuerdo adoptado en el seno del Consejo Interterritorial (art. 65 de la Ley 16/2002, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, en relación el art. 151.2.a de la Ley 40/2015), no siendo preciso que se haya declarado el estado de alarma para que una comunidad autónoma pueda tomar este tipo de decisiones por razones de Salud Pública.

‘Las emociones y las experiencias personales juegan un papel crucial en la forma en que un ser humano enfrenta una actividad, ya sea recomendada u obligatoria’

Otra de las cuestiones a plantearse frente a la obligatoriedad del uso de las mascarillas es si con ellas se restringen las libertades humanas. Considerando que esta medida de Salud Pública no tiene como objetivo restringir las libertades individuales, sino más bien proteger la salud y el bienestar de la población en su conjunto, se podría afirmar que no. Es importante recordar que las libertades individuales no son absolutas y deben equilibrarse con la protección de la salud y el bienestar común. Buena prueba de ello lo constituye la Ley 2/2021, de 29 de marzo, (no orgánica) de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que preveía en su art. 6 el uso obligatorio de mascarillas. A pesar de ello, hay un sector de la doctrina que pone de manifiesto una vinculación directa entre el uso de las mascarillas y el derecho a la integridad física y moral; en suma, con el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la autodeterminación (Manuel Ortiz Fernández. Universidad Miguel Hernández de Elche).

Pero… ¿realmente hay que establecer una obligatoriedad del uso de mascarillas en determinadas situaciones, teniendo en cuenta la experiencia vivida, muy recientemente, con la pandemia de la COVID-19?

Aquí aparecen otras cuestiones relevantes: cómo responde el cerebro humano ante la obligación frente a la recomendación; el papel que juegan las emociones y las experiencias personales a la hora de enfrentarse el ser humano a una activad recomendada o a una obligatoria y, por último, la sociología de las mascarillas en España, antes y después de la pandemia de la COVID-19.

El cerebro humano responde a la obligación de una actividad de diferentes formas: experimentando estrés y ansiedad debido a la presión de cumplir con esa obligación, activando regiones del cerebro relacionadas con la planificación y la toma de decisiones para organizar y priorizar las acciones necesarias para completar la actividad. También puede percatarse una sensación de urgencia o motivación para completar la tarea, lo que puede llevar a un aumento de la concentración y el enfoque. Este puede responder de forma diferente a una actividad recomendada, donde puede percibir la actividad como opcional y puede observar menos presión y estrés para completarla, lo que puede llevar a una respuesta más relajada y menos intensa en comparación con una tarea obligatoria, donde se encuentra implicado el neurotransmisor norepinefrina, que es responsable de activar el sistema nervioso simpático, que desencadena respuestas de “lucha o huida”, desempeñando un papel importante en la regulación de la atención, la motivación y la respuesta emocional.

Las emociones y las experiencias personales juegan un papel crucial en la forma en que un ser humano enfrenta una actividad, ya sea recomendada u obligatoria. En el caso de una actividad recomendada, las emociones y las experiencias personales pueden influir en la motivación y la disposición para realizar la tarea. Si la actividad es percibida como significativa, interesante o alineada con los valores personales, es probable que las emociones asociadas a la motivación y al compromiso impulsen al individuo a participar en la actividad de manera positiva.

En el caso de una actividad obligatoria, las emociones y experiencias personales también pueden ser determinantes. Las emociones como el estrés, la ansiedad o la frustración pueden surgir si la actividad es advertida como impositiva o contraria a los deseos del individuo.

En resumen, las emociones y las experiencias personales influyen en la motivación, la actitud y la disposición de un individuo para enfrentar tanto actividades recomendadas como obligatorias. Estas influencias pueden guiar la manera en que el individuo aborda la tarea, su nivel de compromiso, su rendimiento y su bienestar emocional durante la realización de la actividad.

Hemos de recordar que antes de la pandemia de la COVID-19, las mascarillas en España eran principalmente utilizadas en entornos médicos o por personas con problemas de salud que necesitaban protegerse del contagio de enfermedades. El uso de mascarillas en el ámbito público era poco común, generalmente se asociaba con situaciones de contaminación ambiental o protección contra alergias.

Sin embargo, con la llegada de aquella, el uso de las mascarillas en España experimentó un cambio drástico. A medida que se propagaba el virus, se volvió obligatorio el uso de la misma en espacios públicos cerrados y en situaciones donde no se podía mantener la distancia social.

Este cambio en la percepción y uso de las mascarillas generó una serie de debates y tensiones en la sociedad. Por un lado, hubo un aumento en la aceptación de uso de mascarillas como medida necesaria para proteger la salud pública y, por otro, se generaron polémicas sobre la eficacia de las mismas, su disponibilidad en el mercado y la comodidad de usarlas durante largos periodos de tiempo.

Además, el uso también tuvo impacto en la interacción social y en la expresión de la identidad social y en la expresión de la identidad personal, dificultando la comunicación no verbal y la expresión facial, lo que generó un cambio en la forma en que las personas se relacionaban entre sí.

Por último, la pandemia provocó un cambio significativo en la apreciación y uso de las masacrillas en España, pasando de ser un elemento poco común en el ámbito público a convertirse en un elemento esencial para proteger la salud y contener la propagación del virus. Este cambio ha generado nuevas dinámicas sociales y culturales en la sociedad.

En conclusión, la decisión de establecer la obligación, o no, del uso de las mascarillas, no es un tema baladí, donde el mejor conocimiento científico-técnico, disponible hasta el momento, ha de prevalecer por encima de otras cuestiones.