En esta columna tenemos la firma intención de ser una plataforma y una voz para la transparencia, un concepto de transparencia amplio, que abarque todos los aspectos, que contiene con “mirada amplia”. Así trataríamos de un concepto de transparencia que contiene principios éticos, que forma parte del derecho, de la gestión empresarial, de responsabilidad corporativa, de la bioética, biotecnología, de comunicación corporativa, de herramienta de control de calidad sanitaria, de relación con el consumidor…

Obviamente no se nos oculta que la transparencia en la Sanidad es imprescindible y necesaria, fundamental diríamos. Pero ¿existe transparencia? ¿El ocultismo con el que la sanidad ha vivido de espaldas al paciente ha dejado ya de ser una opción? La sanidad pública, con más o menos fortuna, muestra en sus portales de transparencia información para el ciudadano que, no pasaría una auditoria exhaustiva y muchas veces va más enfocada a “cubrir lo que la ley exige a los poderes públicos”. Basta remontarnos al periodo más duro que vivimos durante estado de alarma en la pandemia (nos referimos a marzo 2020). Pero este hecho choca con la intención y esfuerzo que poco a poco se están instalando en el sector sanitario privado, que no ha dejado de hacer un arduo trabajo para ser un pilar para la sociedad en la pandemia. El binomio New Medical Economics 35 Socio Director de APMANGES (Abogacía, psicología, mediación, auditoria, gestión empresarial) elisa.herrera@fundaciontransparenciayopinion.com sanidad pública-privada no puede ser más que potenciada en estos momentos, apoyándose en la responsabilidad social corporativa y en la transparencia.

Que la transparencia está en mente de todos, y que por ello los poderes públicos no lo obvian nunca y lo plasma en toda legislación que “toque” de forma directa o indirecta a la sanidad es un hecho. No vamos a hacer unos análisis legislativos de normativa reciente. Pero tenemos ejemplos permanentes. Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En su exposición de motivos incluye, literalmente, este texto:

“Esta Ley responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, tal y como exige la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia dado el interés general en el que se fundamentan las medidas que se establecen, y que tienen como fin último la protección de la salud de la población”.

La salud como eje, y la seguridad jurídica y la transparencia en el mismo plano. Pero, la realidad es que no se traslada a la gestión. Por ello sería necesario implementarlo mediante una herramienta de gestión.

La sanidad privada considera esencial el valor de la transparencia, y en diversos encuentros recientes de lo más importantes actores empresariales del sector se ha debatido sobre cuestiones esencial sobre este tema.

Tan es así que, obviando la valoración jurídica, que hay una aceptación general sobre el concepto de transparencia. Y la transparencia requiere establecer una comunicación abierta permanente, que implique al paciente/ciudadano, y que haciéndolo responsable como individuo informado, de su autocuidado, participe en la búsqueda de la mejora continua en el sistema sanitario. En este sentido, es clave la comunicación de los resultados sanitarios y de salud, pero también, la integración de esa información en la toma de decisiones, como una proporcional y eficiente asignación de recursos.

«El binomio sanidad pública-privada no puede ser más que potenciada en estos momentos, apoyándose en la responsabilidad social corporativa y en la transparencia»

Por lo tanto, la transparencia debería generar obligaciones. Promover la transparencia del sistema sanitario viene determinado por fomentar la publicación obligatoria de indicadores sanitarios y, en función de estos, elaborar un mapa de procesos en los propios centros asistenciales en función de la efectividad en los resultados sanitarios y de salud, siguiendo criterios de eficiencia clínica.

Con ello debemos plantear una Sanidad transparente que permita medir y comparar resultados sanitarios y de salud que faciliten la libertad de elección y fomente la mejora continua. Y para ello una herramienta adecuada y apropiada es el sello de transparencia.

Sello que, desde la Fundación Transparencia y Opinión, difundimos y promovemos, pues creemos firmemente en que es una herramienta que mantiene en su justa medida el principio de tolerancia y de responsabilidad, que permite evaluar la gestión sanitaria y le eficiencia clínica, incorporando al ciudadano/ consumidor, en estos tiempos de pandemia en los que el sector de la sanidad ha demostrado ser clave y fundamental para “una sociedad de riesgo” y con mirada al “futuro”